Educación Preescolar, básica y media

La Educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene como función social buscar el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, a los demás bienes y valores de la cultura. Siendo la educación obligatoria para los niños, jóvenes y adolescentes entre los cinco y los quince años de edad, comprendiendo como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.

Es responsabilidad del Estado, a través de las entidades territoriales, la sociedad y la familia velar por la calidad de la educación, promover el acceso al servicio público educativo y garantizar su cubrimiento. Así lo consigna la Ley 115 de 1994. De igual manera, la Ley 715 de 2001 expone que es obligación de las Entidades Territoriales Certificadas en educación: dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad.

De acuerdo con la Resolución 07797 de 2015 del Ministerio de Educación, son responsables del proceso de gestión de la cobertura educativa:

  1. Las Entidades Territoriales Certificadas en educación – ETC.
  2. El rector o director del establecimiento educativo estatal.
  3. El personal administrativo responsable en la entidad territorial certificada y/o en el establecimiento educativo, de reportar la información en el Sistema Integrado de Matrícula —SIMAT, Sistema de Información para el Monitoreo, Prevención y Análisis de la Deserción Escolar —SIMPADE, Sistema Interactivo de Consulta de Infraestructura Educativa -SICIED, o aquellos que los sustituyan.
  4. Los padres de familia o acudientes.